Obtención y renovación de la licencia para tener animales peligrosos.
Tramitamos su certificado médico con rapidez.
Sólo necesita su DNI y gafas, si las necesita.
Nosotros le haremos las fotos gratuitamente.
Animales potencialmente peligrosos
Según la legislación, las razas consideradas potencialmente peligrosas son:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
No obstante, hay perros que sin pertenecer a estas razas, por su complexión y algunos rasgos de su carácter, pueden ser también considerados potencialmente peligrosos.
En el supuesto anterior, la peligrosidad será valorada por la autoridad competente, previo informe de un veterinario.
En CMR le realizaremos la revisión médica para comprobar su capacidad física y aptitud psicológica.
Documentación necesaria:
- DNI
- Gafas, si las necesita
Las fotos se realizan en el centro y son gratuitas. Además, le daremos 5 fotos carné de regalo.
Preguntas frecuentes
- Aspecto poderoso, fuerte y robusto. Configuración atlética, con agilidad, vigor y resistencia.
- Manifiesto carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo.
- Ser mayor de edad.
- No haber sido condenado por delitos graves ni estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. No obstante, el aspirante podrá obtener o renovar la licencia si la sanción impuesta ya se ha cumplido.
- Realizar la revisión médica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Acreditar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).
- Llevar siempre la licencia administrativa y la inscripción del animal.
- Los perros deberán llevar un bozal apropiado.
- En espacios públicos, los perros deberán ser conducidos con correa no extensible de menos de 2 metros, y solo uno de estos perros por persona.
- Los animales que se encuentren en una finca u otro lugar delimitado, deberán ser atados si no se dispone de un habitáculo apropiado.
- Los criadores y adiestradores de estos animales habrán de disponer de instalaciones adecuadas.
- La pérdida del animal debe ser comunicada en un plazo máximo de 48 horas.