Orígen de las armas de fuego
La invención de la pólvora supuso el principio de las armas de fuego. Aunque los historiadores no se ponen de acuerdo sobre la fecha exacta, supuestamente fue inventada en torno al siglo IX en China. Sin embargo tuvimos que esperar hasta el siglo XI para encontrar su fórmula. Este invento se debe a los taoístas quienes intentaban encontrar la poción para la inmortalidad. Seguramente no imaginaron cómo su invento srviría para una función tan lejana a su concepto inicial.
La pólvora ganó popularidad gracias a las fuerzas militares chinas que usaban armas basadas en ella contra los mongoles cuando estos intentaban entrar en sus tierras.
Armas de fuego hoy en día
Hoy en día, gracias a la tecnología, la fabricación de las armas de fuego y producción de municiones ha cambiado mucho. Las armas, para los que las usan, son más seguras y eficientes por obturación de gases, recarga rápida y muchos más cambios que ha traído la técnica bélica.
Las armas de fuego se dividen en dos categorías principales:
Armas de fuego largas: escopeta, fusil de combate, ametralladora, fusil de asalto, subfusil, carabina, fusil de francotirador, fusil de tirador designado, fusil antimaterial, fusil de cerrojo, fusil semiautomático.
Armas de fuego cortas: pistola, revólver y pistola ametralladora.
Categorías de armas de fuego que requieren certificado médico.
Para el manejo y tenencia de armas se exige presentar en la Comandancia de la Guardia Civil un certificado médico que acredite unas adecuadas condiciones físicas y psicológicas.
Se trata de certificados médicos para obtener y renovar el permiso de armas para el uso de:
- Categoría 1: Pistolas y revólveres, y presentación del visado para mayores de 60 años.
- Categoría 2: Armas de fuego largas para vigilancia y guardería, y las utilizadas para la caza mayor y escopetas de caza.
- Categoría 3: Tiro deportivo, armas de ánima lisa, y armas de aire o gas comprimido.
- Categoría 7: 7.2 ballestas y 7.3 armas para lanzar cabos.
Tipos de licencias de armas
Licencia A
La licencia A está reservada para las armas de propiedad privada del personal de las Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.
Licencia B
Esta licencia para armas de fuego cortas se concede solamente para quienes tengan necesidad de obtenerla. En la solicitud es necesario que consten todos los detalles y los motivos que fundamenten la necesidad de poseerla. Los mayores de 60 años deberán validar su licencia tipo B cada 2 años, y los mayores de 70 cada año. El tiempo máximo de concesión de esta licencia es de 3 años para los menores de 60 años.
Licencia C
La licencia C está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los guardas rurales. Esta licencia tendrá validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión, y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio.
Licencia D
Todos los que se quieran dedicar a la caza mayor necesitan conseguir la licencia D. Solamente se podrá tener una licencia válida de cinco años y autorizada para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2. Para obtenerla, se debe superar una prueba teórica sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas y una prueba práctica para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de dichas armas.
Licencia E
Comprende las armas de tiro deportivo, escopetas de caza, armas accionadas con aire o gas comprimido, ballestas y armas para lanzar cabos. El número total de armas dentro de esta licencia no puede ser superior a 12.
Los mayores de 60 años deberán validar su licencia tipo E cada 2 años, y los mayores de 70 cada año. El tiempo máximo de concesión de esta licencia es de 3 años para los menores de 60 años. Para obtenerla, se debe superar una prueba teórica sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas y una prueba práctica -para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de dichas armas.
Licencia F
Para tiradores deportivos que usen armas para uso en campos, galerías y polígonos de tiro.
En función de la categoría del tirador, la licencia puede ser de tres clases:
- 1ª clase: Un máximo de 10 armas de concurso.
- 2ª clase: Un máximo de 6 armas.
- 3ª clase: Un arma corta o un arma larga de concurso.
Más sobre los tipos de las licencias
Cómo solicitar la licencia para el manejo de armas
Para solicitar la licencia, el interesado deberá hacer constar los motivos que justifican la utilización del arma y deberá acreditar la habilitación deportiva para la modalidad de tiro, la categoría de tirador y el historial deportivo.
Para obtenerla, será necesario superar una prueba teórica sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas y una prueba práctica para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de dichas armas.
Reconocimiento médico para obtener la licencia de armas
Si necesitas tramitar su visado de armas, nos haremos cargo del trámite para que usted no deba desplazarse hasta la Comandancia de la Guardia Civil. Este servicio es gratuito. Para realizar el reconocimiento médico necesario para obtener la licencia de armas es necesario solamente DNI y las gafas, si las necesitas. Las fotos se realizan en el centro y son gratuitas. Además, te daremos 5 fotos de carné de regalo. El reconocimiento dura aproximadamente 15 minutos.